¿Qué es un referendo o referéndum?
Una consulta popular mediante la cual es el pueblo, quien retomando el poder soberano que le confiere el Artículo105 constitucional retoma el poder de legislar dado a
¿Qué materias no están sujetas a referéndum?
No podrán someterse a referéndum proyectos de ley sobre materias presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa.
Pero, ¿el TLC no contiene legislación tributaria?
Los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones han dicho que es evidente que el TLC tiene implicaciones tributarias, pero no es una legislación tributaria típica; es, ante todo, un acuerdo comercial, que usa herramientas fiscales para incentivar el comercio.
¿Cuales modalidades del referéndum existen?
A) De iniciativa ciudadana: convocado al menos por un cinco por ciento (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral (aprox. 132 mil personas). Esta es la que planteó José Miguel Corrales y está caminando.
B) Legislativo: convocado por
C) Ejecutivo: convocado por el Poder Ejecutivo junto con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de
En resumen, ¿qué implica la alternativa de la iniciativa popular aprobada por el TSE?:
El TSE ha autorizado a:
La recolección de firmas, en los términos señalados en los artículos 6 inciso e), 7 y 8 de
1. El Lic. Corrales contará con un plazo hasta de nueve meses para recolectar las firmas a partir de la publicación en
2. El interesado podrá solicitar ante el Tribunal una prórroga hasta por un mes más.
3. El Tribunal contará con un período máximo de treinta días hábiles para verificar la autenticidad de los nombres, las firmas y los números de cédula.
4. De resultar no verificable el quince por ciento (15%) de las firmas necesarias para convocar a referéndum, el proyecto de ley o la reforma parcial a
5. Cuando se haya reunido satisfactoriamente un número de firmas equivalente al menos a un (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, se tendrá por convocado el referéndum.
6. El TSE hará la convocatoria oficial del referéndum comunicándolo así en
En resumen, ¿qué implica lo que plantea el Presidente Arias?:
A) La iniciativa del Poder Ejecutivo tendrá la forma de decreto y contendrá adjunto el texto del proyecto de ley que se desea someter a consulta popular. El decreto será enviado a
B)
C) Si
D) Si
E) Los magistrados del TSE han señalado que eso lo decidirán cuando
¿Cuál sería la pregunta que deberán responder los ticos en esa consulta popular?
El departamento de Servicios Técnicos del Congreso ha señalado la siguiente:
"¿Aprueba usted el Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, suscrito el 5 de agosto del 2004, publicado en el alcance No. 44 de
¿Cuáles serán las consecuencias de una votación?
Para la legislación ordinaria (proyecto de ley que debe ser aprobado por los diputados con 29 votos) se requiere que participe en el referéndum por lo menos un treinta por ciento (30%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral para que sea vinculante.
Se requerirá de la participación como mínimo del cuarenta por ciento (40%) del padrón cuando se trate de en los asuntos que requieran la aprobación legislativa por mayoría calificada (38 votos).
Es decir, tomando en cuenta que el padrón actual lo conforman 2.6 millones de personas, estamos hablando de que sería necesario que acudieran a las urnas entre 780 mil (30%) y 1 millón (40%) de ciudadanos para que el referéndum sobre el TLC sea vinculante.
¿Cuál es la mecánica para realizar un referéndum?
Similar a una elección presidencial. Se utilizará una papeleta física y más sencilla. Las juntas receptoras de votos, en su mayoría, se instalarán en escuelas y colegios. Los partidos políticos no integrarían las juntas, solo los delegados del Tribunal.
Ahora bien, el TSE no ha definido todos los pormenores. Incluso los Magistrados no han cerrado la puerta a la posibilidad de autorizar la participación de fiscales de partidos políticos y promocionar la presencia de observadores para mayor transparencia.
¿Se realizaría un domingo?
Sí, según la ley, la consulta se efectuará un domingo entre
¿Y quiénes pueden votar?
Los requisitos para votar son los mismos del Código Electoral: los costarricenses mayores de 18 años, que estén inscritos en el padrón electoral y que porten su cédula de identidad al día.
¿Quién organiza el referéndum?
Corresponderá al TSE organizar, dirigir y fiscalizar los procesos de realización del referéndum, así como escrutar y declarar sus resultados.
¿Cuál es la forma de expresar el voto?
La decisión del votante solamente podrá ser "sí" o "no", o quedar en blanco. Se tendrán por nulas las papeletas que no se ajusten al modelo oficial, las que ofrezcan dudas sobre la decisión del votante y las que contengan tachaduras, raspaduras, enmiendas, interlineados, signos o palabras ajenas a la consulta.
¿Qué pasa con los votos en blanco o nulos?
Tanto los votos en blanco como los nulos serán computados por el Tribunal como ciudadanos que han participado en el referéndum, para formar parte de los porcentajes de ley.
Y si yo trabajo ese domingo, ¿podré votar?
A fin de emitir el voto, todos los trabajadores tendrán derecho de ausentarse de su centro de trabajo el día en que se realice el referéndum, durante una hora, la cual será definida por el patrono o superior. Los trabajadores no quedarán sujetos a reducción del salario ni a cualquier otra sanción.
¿Que pasa después del referéndum?
El TSE, una vez finalizado el escrutinio (15 días), hará la declaratoria oficial de los resultados de este, y los notificará, al siguiente día, al Poder Legislativo.
En caso de ser positivo el resultado del referéndum (gana el sí al TLC) y habiendo cumplido los porcentajes requeridos para convertirse en ley de
Si el resultado del referéndum es negativo, el proyecto (gana el NO al TLC) se archivará sin más trámite. De no alcanzarse el porcentaje de participación necesario, si el referéndum no es vinculante, el TSE enviará el proyecto de reforma a
¿Qué pasa con el transporte el día del referéndum?
El día en que se celebre el referéndum, el transporte publico será gratuito para todos los ciudadanos en todas las líneas y rutas nacionales, las cuales no podrán ser modificadas ese día. Estos gastos correrán por cuenta del Tribunal.
¿Establece el TSE prohibiciones para el Poder Ejecutivo, extranjeros y costarricenses durante la campaña previa al referéndum?
Sí, se han establecido las siguientes prohibiciones:
a) Se le prohíbe al Poder Ejecutivo, las entidades autónomas, las semiautónomas, las empresas del Estado y los demás órganos públicos, utilizar dineros de sus presupuestos para efectuar campañas a favor o en contra de los textos o proyectos sometidos a la consulta del referéndum; asimismo, queda prohibido usar, para tal fin, dinero procedente del exterior donado por entidades privadas o públicas.
b) Se le prohíbe a toda persona física o jurídica extranjera, participar en la recolección de firmas, en la solicitud de celebración de referéndum, o en campañas de publicidad o propaganda a favor o en contra del proyecto sometido a referéndum.
c) Los particulares costarricenses, sean personas jurídicas o físicas, podrán contribuir, para campañas a favor o en contra del proyecto sometido a referéndum, con sumas que no excedan de veinte salarios base.
¿Y qué pasa con las encuestas?
Se prohíbe la publicación, la difusión total o parcial o el comentario de los resultados de cualquier encuesta o sondeo de opinión, dos días antes de la votación y el día de la celebración del referéndum, así como las operaciones de simulación de voto realizadas a partir de sondeos de opinión, directa o indirectamente relacionados con la consulta sometida a referéndum.
¿Ejercerá el TSE control sobre el dinero que se invierta en propaganda y publicidad a favor y en contra del TLC?
Los medios de comunicación deben reportarle al Tribunal los datos de quién les contrató campos pagados y cuánto pagó. Si se demuestra que esa persona es testaferro de una fuente de financiamiento extranjera, sería objeto de investigación y sanción penal. Si alguien tiene pruebas de que se utilizan a ciudadanos costarricenses para canalizar dinero del exterior, debe denunciarlo.
¿Cuánto costará este referéndum?
El Tribunal calcula que en total el costo de organizar el referendo para el TLC con Estados Unidos ascendería a ¢1.500 millones.


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